Persecución contra Vanina Biasi: la Cámara de Casación y un fallo a la medida de la Daia

La causa es un ataque a la libertad de expresión

La Cámara de Casación (en su sala compuesta por Juan Carlos Gemignani, Carlos Alberto Mahiques y Diego Gustavo Barroetaveña), acaba de fallar manteniendo la competencia de los tribunales federales de Comodoro Py para juzgar a Vanina Biasi por su denuncia del genocidio en Gaza.

Este fallo revierte el dictado por la Cámara Federal de apelaciones que había establecido que, de acuerdo a la ley, las causas por discriminación deben ser juzgadas por los tribunales locales de la Ciudad de Buenos Aires y por lo tanto no son de competencia federal. Se trata de una decisión a la medida de la Daia (Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas), que pretende un fuero a medida para tramitar la disparatada denuncia contra Vanina Biasi por una supuesta e inexistente incitación al odio contra la comunidad judía. Tras una maraña judicial de marchas y contramarchas (tanto del juez Daniel Rafecas como de la Cámara de Apelaciones), lo que se puede ver es en esta decisión es el peso de la Daia en Tribunales, que está puesto en función de amordazar a quienes venimos denunciando el genocidio en Palestina.

En todo el mundo, se persigue con el argumento del anti semitismo a quienes denunciamos al Estado de Israel y su masacre del pueblo palestino. En este caso, quieren armar un caso testigo que sirva para tener un antecedente y avanzar en la criminalización de la denuncia del Estado de Israel. Para eso, requieren la intervención de la justicia federal porque en la CABA existen antecedentes en contra de la falsa identificación del anti sionismo con anti semitismo. Entre otros, la absolución reciente de Alejandro Bodart, confirmada por la Cámara de Casación y Apelaciones de la CABA.

La cuestión de competencia se planteó de entrada en la causa, porque estos delitos no los juzga la justicia federal sino la justicia ordinaria, en este caso de la CABA. El juez Rafecas se excusó en primer lugar por este motivo, pero su planteo fue revertido inicialmente por la Cámara Federal de apelaciones con el argumento de que la denuncia no se había investigado, entonces el rechazo de la competencia era prematuro. La farsa de investigación se desarrolló y el tema volvió a ser planteado por la defensa de Vanina Biasi para oponerse a la elevación a juicio oral. En esta instancia, se invirtieron los roles: la Camara Federal de apelaciones nos dio la razón, contra el juez, quien dio vuelta su pronunciamiento original. Pero la Daia apeló y el tema fue a la Cámara de Casación.

Llegado el caso, el fiscal frente a la Cámara, Javier De Luca, fijó posición en contra de los planteos de la Daia, en un texto en el cual refutó cuidadosamente sus argumentos. El fiscal refutó la barbaridad de que los tweets de Vanina pusieran en riesgo, como afirmó la Daia, la seguridad nacional, un verdadero exabrupto. También delimitó los casos en los que debe intervenir la justicia federal, como aquellos que afectan el interés del Estado nacional, y no simplemente las normas de carácter federal que rigen en todo el país y que son aplicadas por los tribunales provinciales. Por último, refutó que la justicia federal tuviera que juzgar a Vanina por ser diputada o diputada electa, sosteniendo que en nuestro país no existen fueros personales, de manera tal que a los diputados les cabe ser juzgados en los mismos fueros que a quienes no lo son.

Así las cosas, la Cámara de Casación forzó todos los argumentos para darle la razón a la Daia. En primer lugar, porque debió haberse abstenido de intervenir, porque supuestamente Casación interviene solamente en sentencias definitivas o equiparables. Los camaristas, sin embargo, usan este criterio a medida de sus intereses circunstanciales. En este caso, equipararon la competencia a una cuestión definitiva, cuando no solamente no es una sentencia definitiva sino que es el punto de partida de una causa penal. En otros casos, de pronunciamientos mas graves (como la decisión de procesar a un imputado o de embargos, entre otros) la Cámara no toma las apelaciones porque no las considera “definitivas o equiparables”. Arbitrariedad total para jugar a favor del poder y en este caso del sionismo.

En segundo lugar, la Cámara se apoya en una cuestión de “economía procesal”, porque sostiene que la causa está avanzada y al borde de la elevación a juicio y que se demoraría con el traspaso a la justicia de la Ciudad. Es un argumento que resulta absurdo en el caso del actual proceso. Es que la Cámara Federal de apelaciones, como dijimos denegó en un primer momento el pase de jurisdicción a la Ciudad (en ese momento planteado por el mismo juez Rafecas) sosteniendo que la investigación no se había iniciado y por lo tanto no estaban individualizados los “delitos” a juzgarse. Ahora bien en forma consecuente, la Cámara Federal de apelaciones revirtió su decisión inicial cuando los presuntos delitos estuvieron claros, y no le quedó otra que traspasar la competencia a la Ciudad. Ahí intervino Casación quien sostuvo, contra la cámara, que ahora es tarde para traspasar la causa por cuestiones de economía procesal.

Tirándose la pelota de uno a otro, entre ambos se las arreglaron para encontrar los argumentos para darle de una u otra forma la razón a la Daia y su política persecutoria.

En los primeros días de febrero, los abogados de Apel (Asociación de Profesionales en Lucha) van a apelar esta decisión arbitraria de la Cámara, con un recurso extraordinario federal y luego frente a la Corte Suprema. Son instancias necesarias de una lucha de fondo por la libertad de expresión, que cobra un valor especial nada más y nada menos que cuando se trata de denunciar el genocidio en Palestina.