Políticas

12/12/2025

10 claves de la reforma laboral esclavista

Un punteo sobre el proyecto presentado por el gobierno de Milei.

Abajo la reforma antiobrera del gobierno.

La reforma laboral que pretende aprobar el gobierno constituye una declaración de guerra contra la población trabajadora. Lejos de tratarse de una "modernización", elimina conquistas históricas de los trabajadores, retrotrayendo las condiciones de trabajo al siglo XIX. A continuación, repasaremos los puntos más sobresalientes de esta legislación esclavista.

#1 Jornada laboral extendida y banco de horas para no pagar horas extras

El proyecto de Milei habilita jornadas de trabajo de hasta 12 horas, pisoteando las 8 horas consagradas por ley en 1929, fruto de las grandes huelgas obreras a inicios del siglo XX, como la Semana Roja, la Semana Trágica y la Patagonia Rebelde. Lo anterior desmiente que la reforma apunte a crear nuevos puestos de trabajo, como sostienen sus auspiciantes; por el contrario, las horas de trabajo disponibles recaerán sobre menos trabajadores, lo cual se traducirá en sobrecarga laboral para unos pocos y subocupación y desocupación para la gran mayoría.

Por otra parte, la patronal podrá eliminar el pago de las horas extras -que actualmente se cobran al 50% en días de semana y al 100% los fines de semana y feriados- y reemplazarlo por un "banco de horas", donde las jornadas más largas se compensan con jornadas más cortas. De este modo, el empleador pasa a disponer a su antojo sobre la vida del obrero, quien, al no saber de antemano con qué tiempo libre va a contar, le será imposible organizar actividades por fuera del trabajo. Una medida que atenta contra el derecho al ocio y al estudio de los trabajadores, además de conspirar en contra de sus vínculos familiares y afectivos.

#2 Vacaciones fraccionadas

El proyecto les permite a las empresas fragmentar las vacaciones de sus empleados, y, solo cada tres años, están obligadas a otorgarlas en temporada de verano. Así las cosas, los trabajadores pierden el derecho a vacacionar con su familia, ya que difícilmente su descanso coincida con el receso escolar de sus hijos. Si la patronal así lo decide, los obreros deberán permanecer dentro de la fábrica durante todo el período de altas temperaturas, sin poder disfrutar del merecido veraneo.

#3 Salario "dinámico" y en especie

Si se aprueba la nueva ley laboral, los salarios podrán fijarse por tiempo o por rendimiento, incluyendo pago por unidad de obra, comisión individual o comisión colectiva. Esto no solo erosiona los lazos de solidaridad de clase, fomentando la competencia entre los trabajadores, sino que además los sumerge en la incertidumbre de no saber con qué dinero van a contar mes a mes. Mención aparte que, en momentos de caída de la actividad, el salario atado a la producción significa menos ingresos. Como si fuera poco, sobre esos componentes "dinámicos" no rige la ultraactividad (los derechos adquiridos por convenio), ni los aportes a la seguridad social; tampoco se contabilizan a la hora de calcular las indemnizaciones.

Por otra parte, el texto habilita que parte del salario pueda ser pagado en especie, lo cual nos retrotrae directamente al Medioevo, además de traer reminiscencias de los ticket canasta durante el menemismo.

#4 Indemnizaciones más baratas

La reforma antiobrera en puertas, lejos de generar empleo, abaratará los despidos. Por un lado, las remuneraciones no mensuales, como las vacaciones, el aguinaldo, los premios, etc., quedan excluidas del cálculo de las indemnizaciones. A su vez, las Pymes podrán pagarlas hasta en 12 cuotas. Por otra parte, la actualización de las mismas no podrá superar la fórmula compuesta por el IPC + 3% anual, limitando así los intereses que abonan las patronales en caso de despidos sin causa.

Al mismo tiempo, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) destinado a financiar futuras indemnizaciones. El mismo se nutrirá del 3% de los aportes a la seguridad social, desfinanciando la caja jubilatoria. Como vemos, los trabajadores pasarán a aportar para pagarse su propia indemnización en caso de ser despedidos. Mientras tanto, esos fondos serán administrados por entidades financieras, las cuales percibirán una comisión; un nuevo negocio para los bancos y fondos de inversión -al estilo AFJP de los ´90- a expensas del trabajador.

#5 Si te enfermás, cobrás menos

Uno de los aspectos más inhumanos del proyecto es que, si el trabajador se reincorpora luego de una licencia por enfermedad y se encuentra incapacitado para realizar todas las tareas que requería su puesto, la remuneración será proporcional a la capacidad de trabajo recuperada. Es decir, la clase obrera que ha dejado su salud en aras de producir para la empresa es doblemente castigada con una rebaja salarial.

#6 Ataque a los convenios colectivos

La normativa enviada al Senado establece que los convenios por empresa prevalecen a los convenios por rama, sin importar que los últimos resulten más beneficiosos para los trabajadores, violando así el principio de irrenunciabilidad que rige actualmente en el derecho laboral. De esta manera, cada patronal podrá imponer su propio convenio a la baja. Además, la proliferación de los convenios por empresa atomiza al movimiento obrero a la hora de organizarse por sus condiciones de trabajo.

A su turno, se elimina la vigencia de las cláusulas no obligacionales (aquellas referidas a la actividad sindical en la empresa, por ejemplo) del convenio colectivo de trabajo una vez que vence el mismo. En otras palabras, deja de regir la ultraactividad sobre dichas cláusulas, abriendo paso a nuevas negociaciones entre la patronal y las direcciones sindicales, que pueden resultar desfavorables para el colectivo obrero.

#7 Atropellos contra el derecho a huelga

Si sale la ley, las asambleas obreras requerirán autorización previa del empleador sobre horario, tiempo y, si son dentro del establecimiento, ubicación. A la vez, no se devengan salarios durante su realización. Un ataque a la organización de base, al servicio de instalar una dictadura patronal al interior de las fábricas. Esto va acompañado de mayor criminalización de la protesta, dado que los bloqueos y las ocupaciones serán catalogados como "infracciones graves".

En la misma línea, se restringe el derecho a huelga a través de la ampliación de rubros considerados esenciales, y, como tales, obligados seguir funcionando al 75% de su capacidad. Con la nueva ley, la esencialidad abarcará nuevas actividades como las telecomunicaciones, la aeronáutica, los servicios aduaneros, la educación y los sectores vinculados a las exportaciones (portuarios, petroleros, etc.).

#8 Ampara el fraude patronal y los despidos discriminatorios

La ley que impulsa el gobierno establece la incompatibilidad entre el cobro de salarios e indemnizaciones con acciones o reclamos por daños y perjuicios fundados en el Código Civil y Comercial. De este modo, obstaculiza el acceso a la Justicia de aquellos trabajadores que fueron condenados a la informalidad laboral, o bien, víctimas de despidos discriminatorios (por embarazo, actividad gremial, enfermedad, etc.), con lo que las empresas se evitarán resarcirlos. Además, elimina la posibilidad de reinstalación en esos casos, al remarcar que “La indemnización prevista en este artículo constituye la única reparación procedente frente a la extinción sin justa causa del contrato de trabajo”.

#9 Los repartidores continúan precarizados

En lugar de reconocer la relación de dependencia que existe entre las empresas dueñas de las plataformas y los repartidores que trabajan para ellas, el proyecto cristaliza la situación de precariedad de estos últimos, instándolos a "registrarse en ARCA, realizar aportes, contar con cobertura social, informar una cuenta bancaria, cumplir normas de tránsito"; en otras palabras, a seguir siendo monotributistas desprovistos de derechos laborales. El texto llega al ridículo de concederles el derecho a "rechazar pedidos", cuando en caso de hacerlo el algoritmo de las aplicaciones se encarga de penalizar esa práctica.

#10 Hunde a las obras sociales

El descuento de la cuota sindical deberá contar con la autorización previa de cada trabajador, lo cual supone un duro golpe al financiamiento de las obras sociales. El gobierno se vale del desprestigio que reviste a las direcciones sindicales burocráticas, las cuales se han ocupado de degradar la atención médica de los trabajadores, para terminar de hundir esos servicios de salud, favoreciendo a la medicina privada. Seguramente haya sido este artículo de la reforma laboral el que impulsó a la cúpula CGT a convocar una marcha contra la ley, puesto que no les interesa defender los derechos de sus afiliados sino conservar sus privilegios.

Hay que derrotar la reforma en las calles

La ley presentada persigue el objetivo de acentuar la explotación obrera en función de engrosar el bolsillo de los capitalistas. Implica un deterioro de enorme envergadura en las condiciones de vida de los trabajadores, y, por lo tanto, es necesario deliberar en cada lugar de trabajo cómo nos organizamos para enfrentarla. Nos toca ganar las calles el 18 de diciembre y continuar el plan de lucha hasta derrotar los planes del gobierno y la clase capitalista.

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