Sindicales

11/9/2025

Córdoba: Llaryora y Passerini quieren avanzar sobre la precarización del trabajo docente

Organicemos el rechazo a la resolución 117/25.

Corresponsal.

Hace pocos días llamamos la atención acerca de la resolución 117/25 de la secretaría de Educación Municipal, que protocoliza el acceso a ad honorem y actividades especiales. En un artículo señalamos los principales aspectos leoninos de esta resolución, alertando a la docencia municipal respecto de la necesidad de organizarnos para enfrentar lo que constituye una verdadera ofensiva contra los derechos laborales.

A pesar de haber solicitado al Suoem reuniones que permitan denunciar y rechazar la citada resolución, nos encontramos con puertas cerradas al debate bajo el argumento de que los abogados del sindicato “han hecho observaciones a la resolución”, sin que los delegados y delegadas conozcamos el contenido de las observaciones, colocándonos como convidados de piedra sobre algo que nos incumbe directamente. El argumento sostenido por los gremiales sindicales convalida el derecho individual a realizar ad honorem replicando los mismos términos de la resolución, considerando esta práctica como un servicio que libremente se consiente sin generar vínculos contractuales entre el Estado y el personal que presta el servicio, naturalizando la precarización laboral en el trabajo docente.

Acceso al sistema educativo por concurso

La precarización en la municipalidad ha sido una práctica llevada adelante por cada gestión, en cierta forma regularizada con el fin de ciclo, pasando a planta los precarizados contratados por el ejecutivo y los ligados al sindicato. Esta práctica se interrumpió desde que el PJ está al frente del municipio, donde la forma precaria de contratación mediante becas y monotributos reemplazó en todas las reparticiones el ingreso de trabajadores bajo convenio, constituyendo una violación al propio estatuto municipal. Los contratados se cuentan por miles y el pase a planta constituye una variable que sólo se afronta al calor de la extorsión planteada año a año. Así, en la última negociación pasaron a planta 500 trabajadores que ingresaron en 2020.

Sin embargo, la excepción se daba en educación. Desde que el intendente Kammerath (1999/2003) convocara al primer concurso abierto en 2001, ésta ha sido la modalidad de ingreso de la docencia al sistema educativo municipal. Consolidado año a año, el concurso significó una puerta de entrada relativamente transparente y la Comisión Examinadora -integrada por representantes de la secretaría de educación , del gremio y los equipos directivos constituyó el mecanismo de control sobre los ingresos en la repartición. La docencia accedió a titularidades siguiendo un listado de orden de mérito actualizado en función de la incorporación de antecedente luego de rendir un examen escrito.

Conforme se implementó el programa Piensa (2021), con extensión de jornada única y diversificación de áreas especiales, sumado a la complejidad presente en las aulas por el cambio de paradigma respecto a la inclusión de necesidades educativas especiales, la secretaría de educación habilitó nuevos roles en las escuelas: el DAP (docente de apoyo pedagógico), para fortalecer las trayectorias de estudiantes con mayor riesgo pedagógico y el DAI (docente de apoyo a la inclusión) para la atención de niños con CUD (Certificado único de discapacidad). Estas figuras fueron cubiertas por búsquedas internas y generaron suplencias en la mayoría de los casos, aunque con creación de algunos cargos. La compleja arquitectura del Piensa mostró pronto los “huecos” que requerían ser “rellenados” a bajo costo, para lo cual se apeló al ítem “servicios” en la resolución del concurso, que permitió presentar certificados ad honorem y actividades especiales, primero sin tope, luego con un tope de 60 certificados, ampliado a 70 en 2024.

El listado de suplentes generó un “banco de oportunidades” para quienes aspiraran a titularizar, siempre y cuando estuvieran dispuestas a trabajar gratuitamente para el estado, dado que cada suplente debía completar 70 ad honorem para alcanzar el máximo puntaje en el ítem. No hacerlo equivalía a dejarle el lugar a otro suplente, en mejores condiciones de hacer este trabajo super explotado. La libertad de “elegir no hacerlo” equivalía a resignar posiciones en la LOM.

En febrero de 2024 el ejercicio regular de este mecanismo se vio alterado por la derogación del concurso, mostrando una corrupción sistémica producto de la adulteración de títulos, ad honorem y  actividades especiales, éstos dos últimos valorados por encima del ítem desarrollo profesional. La valoración se correspondía con el papel que las autoridades otorgaron a la cobertura de inasistencias docentes motivadas por diferentes causas: faltas justificadas, carpetas médicas, licencias, capacitación en servicio, participación en ferias, eventos propagandísticos, etc. y a la oportunidad generada por el banco de suplentes. El docente ad honorem fue el comodín del sistema ante la implementación del programa Piensa.

El escándalo evidenciado por la suspensión del concurso permitió advertir este conjunto de prácticas naturalizadas e interrumpirlas. Pero sin ad honorem, el barco hace aguas. El protocolo 117 fue la coartada del ejecutivo municipal para normalizar nuevamente la situación de los ad honorem, pretendiendo que esa cobertura no genere ningún tipo de riesgo para el estado municipal. El intendente Daniel Passerini y la secretaria de Educación, Alicia La Terza en plena campaña electoral, volvieron a la carga para que la rueda de la explotación laboral vuelva a garantizar el funcionamiento pleno de las escuelas Piensa.

¿Sin riesgos?

No, sin riesgos no. Aunque el protocolo reivindique la inexistencia de vínculos contractuales entre quienes “consientan libremente” hacer ad honorem y el estado municipal, las leyes laborales existentes lo prohíben. Lo establece la Constitución Nacional (art. 14 bis "el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes garantizando condiciones dignas, retribución justa”), la Constitución provincial (Art. 23: Todas las personas en la Provincia tienen derecho:  a una retribución justa, a igual remuneración por igual tarea).

Además, el Estatuto del Personal Municipal (Ordenanza 7244): Art. 20: “El personal tiene derecho a la retribución de sus servicios, conforme con su ubicación en el respectivo escalafón o régimen que corresponda al carácter de su empleo”; la Ordenanza 10.010 (Art. 3°.- EL personal docente puede revistar como titular, interino o suplente. Art. 7°: Son derechos del personal docente: “Percibir una remuneración”). El mayor riesgo lo afrontan las propias docentes, mayoritariamente mujeres, en muchos casos sostenes de hogar, que ven cómo se deteriora su salud física y psíquica por el incremento de estrés laboral ante la doble jornada.

¿Por qué si es ilegal se sostiene tan férreamente desde el Ejecutivo municipal y se permite desde el sindicato? Porque van en la línea de la reforma laboral que promueve Milei y que Llaryora y Passerini secundan, atacando los convenios y flexibilizando las condiciones de trabajo. La falta de independencia política entre el sindicato y el ejecutivo municipal abona el terreno de la precarización laboral. Para enfrentar el ajuste de quienes gobiernan es necesario que la docencia municipal se organice contra condiciones de explotación como las que refrenda la secretaría de educación, como ya lo está haciendo a través de autoconvocatorias. Todo nuestro apoyo a estas iniciativas.

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